Reunión de ministros organizada por INTERPOL y las Naciones Unidas: Declaración final

21 de octubre de 2009

DECLARACIÓN FINAL

INTRODUCCIÓN: El 12 de octubre de 2009 los ministros de los países miembros de INTERPOL y de las Naciones Unidas participantes mantuvieron una reunión ministerial en el marco de la reunión de la Asamblea General de INTERPOL, celebrada en Singapur, con el fin de debatir sobre la función primordial de la policía en la construcción de una paz y una seguridad sostenibles, así como sobre la manera de satisfacer en los próximos años la demanda creciente de actuaciones policiales internacionales eficaces en zonas que acaban de salir de un conflicto.

P1: Al término de la reunión ministerial se aprobó la siguiente declaración:

P2: En lo que respecta a la función de la policía en la construcción de una paz y una seguridad sostenibles, así como a los retos de una labor policial eficaz a escala internacional, los ministros participantes:

P2A: Reconocemos la función esencial que desempeña la policía en la promoción de una paz sostenible y en la reconstrucción de las sociedades tras un conflicto; y reconocemos, asimismo, el aumento vertiginoso de las solicitudes de participación de la policía en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.

P2B: Somos conscientes de que los delitos graves cometidos por grupos organizados, así como la corrupción, plantean problemas considerables en los países que acaban de sufrir un conflicto, donde el estado de derecho es endeble, no funciona adecuadamente o es inexistente y donde las instituciones estatales son frágiles; y somos además conscientes de que la amenaza que supone la delincuencia organizada socava la seguridad no solo nacional sino también regional e internacional.

P2C:Recordamos que los mandatos de carácter policial de las Naciones Unidas han ido evolucionando a una velocidad creciente, pasando de un enfoque tradicional, centrado en la supervisión, observación e información, a una mayor concentración en la creación de unas instituciones y de una fuerza policial efectivas, responsables y duraderas en los Estados receptores y, asimismo, recordamos que la policía de las Naciones Unidas puede recibir el mandado de desempeñar actividades policiales y de aplicación de la ley con carácter provisional o de proporcionar apoyo operativo a la policía del Estado receptor y sus demás organismos encargados de la aplicación de la ley, mediante una estrecha cooperación con ellos.

P2D: Reconocemos que la labor policial internacional en países que acaban de sufrir un conflicto puede enlazar las operaciones que tienen por objetivo la seguridad y la estabilidad con el desarrollo y el establecimiento del respeto de la ley; y además hacemos hincapié en la importancia de que la retirada del Estado receptor se produzca cuanto antes con el fin de garantizar una paz y una seguridad duraderas.

P2E: Al tiempo que elogiamos la labor de los centros de formación y las escuelas que existen en la actualidad en las que se capacita a los policías para actuar sobre el terreno, reconocemos que, además de necesitarse suficientes efectivos, urge encontrar policías que cuenten con la capacidad y los conocimientos especializados necesarios para llevar a cabo de manera eficaz el trabajo policial necesario en una operación de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en países que sufren un conflicto; y reconocemos además el esfuerzo que se sigue haciendo para desarrollar una doctrina sobre la labor policial a escala internacional que ofrezca un marco para la normalización de la selección, la formación y el despliegue de los efectivos policiales.

P2F: A la vez que animamos a que se intensifique la cooperación y la coordinación internacionales en materia de formación, felicitamos a los países que han aportado funcionarios policiales para las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y, en particular, reconocemos el esfuerzo que han realizado conjuntamente con el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas para resolver los problemas relacionados con la violencia sexual y de género en los lugares en los que se ha producido un conflicto y, observando las importantes aportaciones realizadas hasta la fecha, hacemos hincapié en que sigue siendo necesario aumentar la participación de mujeres policía en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.

P3: En lo que respecta a la colaboración entre el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas e INTERPOL para construir una seguridad sostenible, los ministros participantes:

P3A: Reconocemos que las respuestas eficaces a los delitos graves cometidos por grupos organizados en situaciones de conflicto requieren una colaboración amplia de las distintas partes interesadas, alcanzada por medio de la consulta con distintas entidades regionales e internacionales y basada en un análisis pormenorizado del problema en cuestión y en una plataforma institucional común que esté sustentada por recursos técnicos concretos.

P3B: Reconocemos que las herramientas, bases de datos, servicios y conocimientos especializados, así como los vínculos esenciales con la comunidad policial mundial disponibles a través de INTERPOL y los conocimientos técnicos especializados específicos de las misiones de la policía de las Naciones Unidas pueden ayudar a la policía de los Estados receptores a luchar de manera más eficaz contra los delitos graves cometidos por grupos organizados, a proteger las fronteras y a restablecer el respeto de la ley en los países en los que tienen lugar operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.

P3C: Recordamos el historial de colaboración permanente entre INTERPOL y las Naciones Unidas y acogemos con satisfacción la firma por INTERPOL y el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas del acuerdo complementario  en virtud del cual se establece un marco común de cooperación y se facilita la elaboración de una estrategia común para, en el marco de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, ayudar eficazmente a las autoridades, a la policía y a otros organismos encargados de la aplicación de la ley de los Estados anfitriones a combatir los delitos graves cometidos por grupos organizados, y  que permitirá a la policía, tanto de las Naciones Unidas como de los Estados anfitriones, beneficiarse de las herramientas, servicios y conocimientos técnicos especializados de INTERPOL.

P4: Teniendo en cuenta la labor fundamental de la policía en la construcción de una seguridad duradera tras un conflicto, y la importancia de garantizar que el personal policial esté cualificado y tenga acceso a las herramientas necesarias para afrontar los retos de su labor sobre el terreno, incluida la lucha contra los delitos graves cometidos por grupos organizados, los ministros participantes decidimos:

P4A: Poner de relieve la necesidad de que todos los Estados cuenten con una fuerza policial efectiva en el marco del respeto de los derechos humanos y de la ley.

P4B: Trabajar con miras a conseguir un consenso en materia de actuación policial internacional en zonas que acaban de salir de un conflicto que sirva para ordenar las necesidades por orden de prioridad y para armonizar y normalizar de manera eficaz el conocimiento y las mejores prácticas acumuladas por las Naciones Unidas e INTERPOL a lo largo de los años, entre otros elementos.

P4C: Apoyar con acciones concretas el desarrollo del concepto de acción policial internacional, así como su puesta en práctica, lo que incluye la elaboración de un plan de acción en relación con la labor policial internacional para el mantenimiento de la paz, en estrecha colaboración con los Estados, el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas e INTERPOL, en un plazo máximo de doce meses a partir de la aprobación de la presente declaración.