Fundamentos jurídicos
La CCF ejerce sus funciones dentro de una estructura jurídica definida por su Estatuto, sus Normas de Funcionamiento, los textos normativos de INTERPOL y las normas jurídicas internacionales aplicables.
Actualización del Estatuto de la Comisión
La Asamblea General de INTERPOL, en su 93ª reunión, aprobó una serie de modificaciones al Estatuto de la Comisión de Control de los Ficheros, relacionadas con el alcance del estudio que realiza la Comisión, su examen de las solicitudes y el uso indebido de sus procedimientos. A continuación figuran algunas actualizaciones y aclaraciones esenciales:
- La Comisión no podrá estudiar la información intercambiada directamente entre las Oficinas Centrales Nacionales, a menos que se señale una infracción grave de las normas de INTERPOL y que se informe del asunto a la Comisión, de la misma manera en que se informaría a la Secretaría General de INTERPOL (artículos 3, 19 y 28 1)).
- El acceso a la información transmitida por la Comisión a la Secretaría General estará reservado al personal autorizado (artículo 23).
- La Secretaría General deberá notificar a la Comisión, en un plazo de 45 días a partir de la fecha de recepción de una solicitud, si los datos relativos a un solicitante están siendo tratados en el Sistema de Información de INTERPOL (artículo 33 2)).
- Si la Comisión recibe una solicitud admisible en el mismo momento en que la Secretaría General está estudiando los datos sobre la misma persona, no podrá empezar su verificación hasta que la Secretaría General se haya pronunciado sobre la conformidad de dichos datos (artículo 33 5)).
- Aclaración de la competencia de la Comisión para tomar las medidas apropiadas a fin de tratar cualquier conducta indebida o uso abusivo de sus procedimientos (artículos 25 y 28 3)).
A su debido tiempo se proporcionará más información sobre los procedimientos para la aplicación de los artículos modificados.
Estructura
La Comisión está compuesta por dos cámaras y recibe el apoyo de su propia secretaría. Los poderes de cada cámara se definen en el artículo 3 del Estatuto de la CCF.
La Cámara de Supervisión y Asesoramiento
En el ejercicio de su capacidad de supervisión, esta Cámara lleva a cabo las verificaciones necesarias para garantizar que el tratamiento de los datos de carácter personal por parte de la Organización sea conforme con las normas de INTERPOL. En el marco de su función consultiva, esta Cámara aconseja a la Organización sobre todo proyecto, operación o reglamento, ya sea por propia iniciativa o a petición de la Secretaría General.
La Cámara de Solicitudes
Examina las solicitudes de acceso a los datos tratados en el Sistema de Información de INTERPOL, así como de rectificación y eliminación de estos, y toma decisiones al respecto. También examina las solicitudes de revisión.
Composición de la Comisión
Los miembros de la Comisión son elegidos por la Asamblea General. El mandato de los miembros de la Comisión es de cinco años, renovable una vez por un mandato adicional de tres años. Los mandatos de todos los miembros actuales comenzaron el 11 de marzo de 2022. La Comisión está actualmente compuesta por las siguientes personas:
Cámara de Supervisión y Asesoramiento
- Teresa McHenry (Estados Unidos), jurista entendida en derecho penal internacional (Presidente)
- Yves Poullet (Bélgica), especialista en protección de datos (Ponente)
- Mohamed Elfadhel Miled (Túnez), especialista en tratamiento electrónico de datos
Cámara de Solicitudes
- Teresa McHenry (Estados Unidos), jurista entendida en derecho penal internacional (Presidente)
- Mohamed Kamara (Líbano), jurista reconocido por su experiencia internacional en la esfera policial, y en particular en el ámbito de la cooperación policial internacional (Vicepresidente)
- Hamza Es-Said (Marruecos), jurista que ejerce o ha ejercido altas funciones judiciales o fiscales (Ponente)
- Susie Alegre (Reino Unido), jurista entendida en protección de datos
- Michel Forst (Francia), jurista entendido en derechos humanos
Documentos conexos


