Declaración de INTERPOL sobre la suspensión de las medidas correctivas impuestas a Siria

15 de octubre de 2021

Siria forma parte de INTERPOL desde 1953. La Oficina Central Nacional (OCN) del país ha estado sometida a medidas correctivas relacionadas con el uso del Sistema de Información de INTERPOL desde diciembre de 2012, pero estas medidas no han afectado a la condición de Siria como país miembro de INTERPOL.

A raíz de las mejoras detectadas en sus actividades de tratamiento de datos, que han sido objeto de un seguimiento estrecho desde la sede de la Secretaría General, el Comité Ejecutivo decidió en junio de 2021 suspender las medidas correctivas. La decisión entró en vigor en octubre de 2021, después de haber impartido una formación complementaria al personal de la OCN de Damasco.

La decisión de suspender las medidas correctivas se basó en los textos normativos de INTERPOL y no debe interpretarse como un pronunciamiento de esta por lo que toca a los acontecimientos recientes del país. Con arreglo al artículo 3 del Estatuto, está prohibida a la Organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político.

Como organización policial internacional, INTERPOL ofrece una plataforma imparcial para que la policía pueda trabajar directamente con sus homólogos, incluso entre países que no mantienen relaciones diplomáticas.

El panorama delictivo actual es más complejo que nunca, y hace que la cooperación entre sus 194 países miembros sea fundamental para mantener una estructura de seguridad mundial.

Seguimiento estrecho

La Secretaría General seguirá supervisando de cerca las actividades de las OCN, incluidas sus posibles solicitudes de publicación de notificaciones rojas. Según la normativa de INTERPOL, las medidas correctivas pueden restablecerse en caso de que vuelvan a surgir problemas.

La OCN de Siria debe seguir acatando el Estatuto de INTERPOL que, con arreglo a sus artículos 2 (1) y 3, exige a la Organización que actúe dentro del “respeto a la Declaración Universal de Derechos Humanos” y que se abstenga de intervenir en “cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial”.

Es importante aclarar que INTERPOL no expide órdenes de detención. Un país miembro puede solicitar a la Secretaría General la publicación de una notificación roja, que es una solicitud a fuerzas del orden de todo el mundo para la localización y detención con carácter provisional de una persona a la espera de su extradición, su entrega o de una acción judicial similar.

Todas las solicitudes de publicación de notificaciones rojas son examinadas por un grupo especializado, con el objetivo de garantizar que cumplen con el Estatuto y los textos normativos de INTERPOL.

La decisión de detener a una persona objeto de una notificación roja es una cuestión que atañe a las autoridades nacionales competentes.