El Comité Ejecutivo de INTERPOL toma una decisión sobre el litigio por las notificaciones rojas relacionadas con el caso AMIA

15 de marzo de 2007

LYON (Francia) – El Comité Ejecutivo de INTERPOL ha tomado hoy una decisión a propósito del litigio entre las Oficinas Centrales Nacionales (OCN) de Argentina y de Irán sobre unas notificaciones rojas relacionadas con el atentado cometido en 1994 contra el edificio de la AMIA en Buenos Aires.

Tras examinar los documentos escritos y atender a las explicaciones verbales que han presentado las OCN de ambos países, el Comité Ejecutivo ha decidido refrendar y aprobar la conclusión presentada en el informe de la Oficina de Asuntos Jurídicos de INTERPOL de que se deben publicar notificaciones rojas sobre las seis personas siguientes: Imad Fayez Mughniyah, Ali Fallahijan, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Ahmad Vahidi y Mohsen Rezai.

El Comité Ejecutivo ha refrendado igualmente la conclusión de la Oficina de Asuntos Jurídicos según la cual no se deben publicar notificaciones rojas sobre el antiguo presidente de Irán, Ali Rafsanjani, el antiguo ministro de Asuntos Exteriores, Ali Akbar Velayati, y el antiguo embajador de Irán en Buenos Aires, Hadi Soleimanpour.

Así pues, el 31 de marzo de 2007 se publicarán las notificaciones rojas a menos que la OCN de alguno de los dos países apele la decisión y lo comunique por escrito a la Secretaría General antes de esta fecha.

Según el artículo 24 del Reglamento de INTERPOL sobre el tratamiento de información para la cooperación policial internacional, las notificaciones rojas no se publicarán si alguna de las OCN hace apelación y el asunto se podrá someter a la consideración de la Asamblea General, el órgano rector supremo de esta organización internacional, en su próxima reunión, que tendrá lugar en Marrakech (Marruecos) del 5 al 8 de noviembre de 2007.

El Presidente de INTERPOL, Jackie Selebi, ha declarado que, después de estudiar detenidamente toda la información que le ha sido presentada, y a la luz de la normativa de INTERPOL, el Comité Ejecutivo considera correcta la conclusión de la Oficina de Asuntos Jurídicos de que estas seis notificaciones rojas deben publicarse.

Ha añadido que INTERPOL ha tratado a las dos Partes con equidad e imparcialidad, y que la normativa de esta organización se ha aplicado escrupulosamente a lo largo de este procedimiento de resolución de litigios para garantizar que el Comité Ejecutivo tomara en cuenta debidamente las alegaciones de ambas Oficinas Centrales Nacionales.

La decisión de publicar o dejar de publicar una notificación roja no debe considerarse indicación de la valía de los argumentos a favor o en contra de la persona objeto de tal notificación, ya que la conclusión al respecto corresponde a la judicatura.

En noviembre de 2006 la OCN de Argentina pidió a INTERPOL que publicara nueve notificaciones rojas sobre sendas personas, entre las que había ocho iraníes, relacionadas con el atentado sufrido en 1994 por la AMIA, que se saldó con 85 víctimas mortales y más de 150 heridos. La OCN de Irán impugnó esta petición aduciendo que la publicación de las notificaciones rojas sería contraria a la normativa de INTERPOL. Esta impugnación abrió un litigio entre las OCN de dos países miembros sobre el uso adecuado del sistema de notificaciones, lo cual llevó a la aplicación del procedimiento de INTERPOL para la resolución de litigios, en el que se ha basado el Comité Ejecutivo para llegar a sus conclusiones.