Interpol
22 March 2010



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Desde INTERPOL: Pensar y actuar más allá de las fronteras a través de los servicios policiales de los países miembros
Discurso pronunciado en la Universidad de Tufts
el 1 de marzo de 2003

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Sr. D. Ronald K. Noble,
Secretario General de la OIPC-INTERPOL
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Original: Inglés
Disponible en: Árabe, español, francés e inglés

Por invitación de "Education for Public Inquiry and International Citizenship" (Educación para la Investigación Pública y la Ciudadanía Internacional)

En el presente discurso, el Secretario General de INTERPOL analiza una compleja cuestión: si es posible luchar eficazmente contra la delincuencia transnacional sin sacrificar o socavar la soberanía nacional. Al mismo tiempo, insta a las fuerzas policiales de todo el mundo a mejorar su preparación ante los atentados terroristas que podrían producirse en caso de guerra con Irak.

 

Buenas tardes.

Ante todo, quisiera agradecer la presencia del profesor Lois Grossman, de la Universidad de Tufts, quien hace más de veinticinco años invirtió una parte de su tiempo en ofrecer a un tal Ron Noble, por aquel entonces aún joven, la mejor formación posible. Gracias, Lois, por tomarte el tiempo de ayudar y aconsejar a quien sólo podía brindarte en contrapartida su agradecimiento y su profundo aprecio de por vida.

Asimismo, quiero agradecer también la presencia del profesor Philip Heymann, de la Facultad de Derecho de Harvard, que hace diez años ocupaba el cargo de Viceministro de Justicia y, como tal, dirigió la investigación del Departamento de Justicia sobre la tragedia de Waco, mientras yo, por mi parte me encargaba, en tanto que Subsecretario para la Aplicación de la Ley, de la investigación del Departamento del Tesoro. Ayer se cumplía el 10o aniversario de la operación fallida llevada a cabo por la Oficina de Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego en la propiedad de David Koresh que albergaba a la secta de los davidianos. Phil hizo gala de una admirable integridad y capacidad de dirección en su labor como funcionario del Departamento de Justicia.

Permítanme ahora aceptar la condecoración "Dr. Mayer Global Citizenship Award" en nombre de todos los hombres y mujeres que trabajan tan honrada y abnegadamente en la Secretaría General de INTERPOL.

[Intervenciones de cortesía]

Considero un honor la ocasión que se me brinda de exponer mis ideas sobre la delincuencia organizada trasnacional y la soberanía nacional ante un selecto auditorio académico como es la Universidad de Tufts. Las instituciones académicas ofrecen un marco intelectual estimulante para proponer y debatir ideas.

El tema en que se centra hoy nuestro debate es la posibilidad de luchar eficazmente contra la delincuencia transnacional sin sacrificar o socavar la soberanía nacional. No es un tema que pueda abordarse fácilmente en quince minutos, pero confío en que mis observaciones sean de interés y puedan dar lugar a un debate animado.

Para curarme en salud, les diré que INTERPOL es la institución internacional más democrática del mundo. Está compuesta por 181 países miembros y su funcionamiento obedece al principio de "un país, un voto". No tiene un órgano similar al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Así pues, a la vista de la naturaleza de la estructura de la Organización y dado que no he pedido el respaldo de la misma, las observaciones que voy a hacer a continuación deben ser consideradas como la opinión personal del Secretario General y, como tales, no reflejan forzosamente la opinión de los 181 Miembros de INTERPOL.

Es preciso hacer algunas observaciones preliminares sobre cómo afecta la delincuencia organizada transnacional a la soberanía de los países.

A los efectos de esta ponencia, podemos considerar que la soberanía es la cualidad o autoridad de ser independiente y capaz de determinar las propias condiciones de vida. Para que una nación sea soberana ha de reunir al menos tres requisitos: 1) un territorio (con fronteras), 2) una población constituida por ciudadanos dotados de nacionalidad y 3) un control jurídico eficaz sobre tales ciudadanos, sus actividades y cualquier actividad realizada por los súbditos de otro Estado dentro de sus fronteras.

Otra noción previa sería que las organizaciones delictivas (en especial los grupos terroristas) infringen a menudo la soberanía de los Estados en el ejercicio de sus actividades ilícitas, como por ejemplo, asesinatos, extorsiones, tráfico de drogas, estafas o tráfico y explotación de seres humanos.

Una vez asumidas estas premisas, quisiera efectuar una observación importante. El problema de la lucha contra la delincuencia organizada transnacional dentro del pleno respeto de la soberanía estatal es una cuestión compleja que presenta múltiples facetas, como ilustran los siguientes ejemplos:

En primer lugar, los grupos de delincuencia organizada transnacional actúan con el objetivo de maximizar sus beneficios y minimizar el riesgo de que la policía frustre las actividades de sus miembros y sus colaboradores o les confisque sus bienes. Para alcanzar sus fines, se mueven entre varias jurisdicciones, recurren a amenazas y al uso de la fuerza, sobornan a funcionarios de las instancias administrativas y policiales, y aprovechan las dificultades que existen para el intercambio de información y la cooperación entre los países, así como la falta de armonización entre sus respectivas legislaciones.

En segundo lugar, las organizaciones delictivas transnacionales saben perfectamente que los Estados frágiles, así como las zonas aisladas en algunos Estados consolidados y los territorios que han sufrido un conflicto, constituyen un caldo de cultivo óptimo para su actividad. En estos contextos, las fuerzas del orden a menudo se encuentran en desventaja frente a los grupos de delincuencia organizada en cuanto a recursos financieros, experiencia, posibilidad de recurrir a la corrupción y libertad de actuación sin apenas obstáculos burocráticos. Las barreras de orden práctico o jurídico para la recopilación y el intercambio de información policial esencial constituyen una limitación importante para la lucha contra la delincuencia organizada. Las zonas que salen de un conflicto armado, como Afganistán, Kosovo y Bosnia, son especialmente vulnerables a estos problemas.

En tercer lugar, la relación cada vez mayor entre el terrorismo y la delincuencia organizada empeora aún más esta situación. En cierto modo, las organizaciones delictivas ofrecen a los terroristas servicios ilícitos, como el suministro de pasaportes falsos, que permiten a los terroristas viajar por todo el mundo de incógnito. El hecho de proporcionar documentos de identidad falsos a un miembro de una organización delictiva o a un terrorista multiplica sus posibilidades de amenazar la soberanía y la seguridad de cualquier Estado. Las redes de tráfico de seres humanos también prestan ayuda a los terroristas.

Con estas premisas y observaciones como telón de fondo, quisiera llamar su atención sobre otro aspecto distinto de la relación entre la soberanía y la delincuencia organizada.

Si tenemos en cuenta la naturaleza y el alcance de la amenaza que representa la delincuencia organizada transnacional, habremos de preguntarnos si es posible darle una respuesta que no afecte indirectamente a la soberanía. En otras palabras: ¿es posible luchar contra la delincuencia organizada transnacional sin sacrificar ciertos aspectos procesales y materiales de la soberanía?

Para responder a este interrogante es preciso recordar que los Estados disponen fundamentalmente de dos medios principales para protegerse de las fuerzas externas que amenazan su soberanía: la diplomacia y el uso efectivo o posible de la fuerza militar. No obstante, estos medios sólo son eficaces cuando el contrario es también un país con objetivos identificables, vulnerable a un ataque militar, o cuando el grupo que representa un peligro está amparado por un país, así, por ejemplo, la protección que el gobierno Talibán ofrecía a
Al-Qaeda.

Las medidas diplomáticas o militares no pueden ser efectivas por sí solas para defenderse o repeler los ataques de enemigos tan inaprensibles como los grupos terroristas o las redes de delincuencia organizada transnacional que actúan sin bases fijas, sin limitaciones fronterizas, sin nacionalidad y fuera de todo marco legal vinculante. Todos estos factores unidos hacen que las organizaciones delictivas transnacionales de este tipo se sitúen fuera del alcance no sólo de las autoridades diplomáticas y militares de cualquier país, sino también de sus fuerzas del orden.

Así pues, mis afirmaciones se asientan sobre la siguiente premisa: ningún país tiene capacidad para luchar eficazmente por sí solo contra la delincuencia organizada trasnacional dentro o fuera de sus fronteras. Por consiguiente, entiendo que los países deben renunciar a una parte de su soberanía procesal y material para poder preservar intacta la razón de ser de ésta. En última instancia, la soberanía existe para garantizar la libertad de un país de actuar según su voluntad sin poner en peligro su existencia, ni la vida o los intereses de sus ciudadanos. Un país no puede lograr este objetivo por sí solo.

Un asunto fundamental para INTERPOL consiste en tratar de resolver los diversos problemas de la soberanía en relación con la lucha contra la delincuencia organizada transnacional. Los servicios policiales de cada uno de los países miembros se enfrentan diariamente a esta cuestión de la que dependen la vida y la muerte, así como el respeto de las libertades individuales y la eficacia de la acción de la justicia.

La Secretaría General de INTERPOL y las fuerzas policiales de sus países miembros están en primera línea por lo que respecta a la defensa de la seguridad y la soberanía de cualquier país.

Les ruego que reflexionen sobre este hecho. INTERPOL cuenta con 181 países miembros. INTERPOL se implica en la cooperación policial en todo el mundo. Sólo quedan fuera un puñado de países: Corea del Norte, Turkmenistán, Tayikistán y algunas islas del Pacífico Sur. La cooperación policial es posible incluso en ausencia de otros tipos de cooperación.

En el interés de los países del mundo entero, INTERPOL debe poder cooperar y funcionar como una institución aun cuando sus países miembros sean conscientes del odio y desconfianza que existe entre algunos de ellos; a pesar de que algunos países piensen en comenzar una guerra contra otro miembro o carezcan incluso de relaciones diplomáticas entre sí. La actuación de INTERPOL es posible porque su cooperación se basa en la decisión voluntaria e independiente de cada país miembro de cooperar en cada asunto concreto.

Si estamos de acuerdo en que la mejor forma de garantizar la seguridad nacional de cualquier país consiste en evitar desde un principio que peligrosos delincuentes transnacionales o terroristas entren en su territorio, entonces coincidiremos en considerar que uno de nuestros objetivos fundamentales ha de ser colaborar para aumentar las posibilidades de localización, detención y encarcelamiento de estos delincuentes antes de que crucen cualquier frontera.

Desde una perspectiva policial, la cuestión de la soberanía puede resumirse en última instancia en la pregunta siguiente: ¿Hay posibilidades de llegar a disponer de una orden de detención con validez jurídica en todo el mundo (es decir, una orden de detención que, al ser expedida por cualquier país, resultara vinculante para el resto de los países del mundo entero)? O, por el contrario, ¿pretender que todos los países del mundo estén dispuestos a ejecutar las órdenes de detención de cualquier otro país es un objetivo tan ilusorio que es una pérdida de tiempo proponérselo? Y, aunque fuera posible alcanzar este objetivo, ¿sería tal sistema deseable?

En mi opinión, debemos esforzarnos por ofrecer a todos los países toda la información posible sobre los sistemas judiciales y legales de cada uno de ellos, de modo que cada país pueda optar libremente por aceptar las órdenes de detención o no. No es necesario obligar a un país a actuar, cuando lo hará por sí solo si cuenta con la información adecuada.

Esta es, en buena medida, la filosofía de INTERPOL. Pero, para que lo entiendan, es preciso que olviden lo que hayan visto en la televisión o en las películas sobre INTERPOL, y lo que hayan podido leer en las novelas o en libros que, aunque no sean de ficción, deberían considerarse como tales.

Una de las funciones más importantes de INTERPOL es contribuir a la comunicación de información policial esencial entre los países miembros a través del sistema de comunicación de que ella misma dispone. El funcionamiento de INTERPOL reposa sobre un complejo sistema informático y una red para intercambio de información policial delicada entre los servicios policiales de sus 181 países miembros. No disponemos de agentes armados como James Bond que viajan por todo el mundo. Nuestra fuerza reside en nuestras bases de datos, en sus usuarios y en nuestra red de servicios policiales. En nuestros servicios de delincuencia especializada se han creado proyectos para aprovechar al máximo o multiplicar nuestro potencial para combatir ciertos tipos de delincuencia de alcance mundial, como el terrorismo, el tráfico de drogas, la delincuencia organizada, la pornografía infantil difundida a través de Internet, la delincuencia económica y financiera, la delincuencia informática, etc.

Además contamos con un sistema de difusiones internacionales (rojas, azules, amarillas, etc.). Párense a pensar en la palabra "difusión". Una difusión internacional de INTERPOL es un instrumento empleado para ayudar a las fuerzas del orden de todo el mundo a intercambiar información sobre fugitivos, personas desaparecidas, objetos robados, personas sospechosas y modus operandi. INTERPOL ha clasificado las difusiones por colores según la categoría.

Al hilo del tema que hoy nos ocupa, quisiera referirme en particular a las difusiones rojas, que son las difusiones utilizadas para prevenir a los servicios policiales de todo el mundo sobre personas que son objeto de búsqueda internacional con vistas a su detención. Con frecuencia se designa erróneamente a estas difusiones como órdenes de detención internacionales. En realidad, las órdenes de detención son dictadas por las autoridades judiciales de cada país y tienen validez jurídica dentro de la jurisdicción en la que se han dictado. Las difusiones rojas de INTERPOL son el medio que tiene un país para notificar al resto del mundo, a través de la red de INTERPOL, la búsqueda de un fugitivo y la intención de tal país de solicitar la extradición al Estado en que sea localizada esta persona. Así pues, la base jurídica para la publicación de una difusión por parte de INTERPOL es la existencia de una orden de detención válida expedida por las autoridades judiciales de un país, el país solicitante, y el compromiso de este país de solicitar la extradición en caso de detención o encarcelamiento del fugitivo en otro país.

La difusión roja contiene datos de identificación del fugitivo, como una descripción física, una fotografía o las huellas dactilares, en su caso, y datos jurídicos, como información sobre el delito por el que es perseguida esta persona. Si el tiempo apremia, INTERPOL autoriza a publicar "mensajes de difusión internacional", documentos similares a un mensaje de correo electrónico en los que consta toda la información pertinente, salvo fotografías y huellas dactilares.

En 2002 INTERPOL publicó aproximadamente 1.300 nuevas difusiones rojas y cerca de
7.450 nuevos mensajes de difusión. Actualmente existen alrededor de 30.000 difusiones rojas y mensajes de difusión en circulación. Como botón de muestra de la eficacia del sistema de INTERPOL, baste decir que el año pasado más de 1.200 personas fueron detenidas en todo el mundo gracias a las difusiones y los mensajes de difusión de la Organización.

La publicación de difusiones rojas es un servicio que lleva funcionando desde 1946 y hoy es universalmente aceptado como instrumento para el intercambio internacional de información policial. No obstante, no todos los países otorgan el mismo valor jurídico a una difusión. Así, por ejemplo, para algunos países una difusión roja equivale a una orden de detención preventiva, mientras que otros consideran que no exige una acción de su administración o sus fuerzas policiales.

Permítanme darles un ejemplo práctico de cómo funcionan una difusión roja y un mensaje de difusión. Imagínense que desean entrar legalmente en un país. Entregan su pasaporte al agente de inmigración o de aduanas; éste pasa el documento por un escáner que contrasta esta información con diversas bases de datos nacionales e internacionales; si no hay problemas, les permiten la entrada en el país. Este proceso se repite millones de veces cada día en todo el mundo.

Permítanme ahora concretar aún más el ejemplo utilizando un país determinado, éste en el que nos encontramos, los Estados Unidos, y un país con el que éste no tiene acuerdo de extradición, Libia.

Imagínense ahora que son unos agentes de inmigración estadounidenses y que una persona les presenta un pasaporte de Arabia Saudí con un visado aparentemente válido para entrar en Estados Unidos. Imaginen que comprueban en sus bases de datos y descubren que INTERPOL ha publicado una difusión roja contra esta persona sobre la base de una orden de detención expedida en Libia por actos de terrorismo. Al comunicársele la existencia de la orden de detención, esta persona lanza en su defensa uno de estos dos argumentos: "Esa orden no está dirigida contra mí", o "Esa orden fue dictada por Libia para reprimirme por mi postura política o mis críticas contra los dirigentes del gobierno actual".

Como ciudadanos de una sociedad libre y democrática, pregúntense qué desearían que se hiciera en este caso. Si aplicaran un concepto estricto de soberanía, podrían llegar a la conclusión de que su país no tiene por qué obedecer a una orden de detención de otro Estado. Por tanto, se abstendrían de actuar y dejarían entrar a esta persona en su territorio. Si emplearan un concepto de soberanía menos rígido, respetarían las órdenes de detención de aquellos países con los que existieran relaciones diplomáticas o tratados de extradición. También podrían otorgar la misma consideración a una orden de detención de ciertos países que a las órdenes de detención de su propio Estado. Esto es lo que han hecho los 15 países miembros de la Unión Europea con 36 delitos previamente definidos, para los que ya no se precisa extradición. Por último, podrían decidir la solución caso por caso.

Dependiendo de qué noción aplique un país, podemos tener una idea del concepto de soberanía imperante en el mismo. Desde el punto de vista de la delincuencia organizada, una visión demasiado conservadora de la soberanía proporciona a los delincuentes y terroristas numerosos lugares donde estar a salvo en el mundo. De este modo, pueden cometer delitos en un país, para huir a continuación a los países que no son partidarios de su detención y expulsión al país en donde tuvieron lugar los hechos.

Dando mayor importancia a las órdenes de detención que transmite INTERPOL a través de su sistema de difusiones rojas, los terroristas y las organizaciones delictivas dispondrían de menos lugares en donde refugiarse. Perderían inmediatamente muchos de los sitios a los que pueden huir para mantenerse fuera del alcance de la ley. Se verían enfrentados al riesgo de que un agente de aduanas pudiera detenerlos preventivamente en cualquier país en virtud de una difusión roja de INTERPOL en vigor.

Gracias a este ejemplo, pueden constatar que hay a menudo una relación inversamente proporcional entre la soberanía y la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y el terrorismo. Aún así, hay que reconocer que es necesario hacer concesiones mutuas para garantizar la soberanía y la seguridad de todos y cada uno de los países fundados en el principio de la legalidad.

Permítanme exponerles un ejemplo concreto de la vida real que explica por qué estoy tan firmemente convencido de lo antedicho. Probablemente más de uno se asombre.

Tras el 11 de septiembre, la atención internacional se centró en Osama Bin Laden, que pasó a ser sin duda la persona más buscada del mundo entero. Los Estados Unidos, a través de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Washington, solicitaron inmediatamente una difusión roja contra Bin Laden. Sin embargo, ya existía una difusión desde hacía tres años. Les sorprenderá saber que se había publicado a petición de Libia. La difusión estaba fechada el
17 de agosto de 1998.

Preguntémonos ahora qué habría sucedido si Osama Bin Laden hubiera entrado en Estados Unidos antes de ser un personaje público. ¿Habrían pasado por alto las autoridades estadounidenses el hecho de que el país solicitante fuera Libia? De camino para aquí, he tenido que hacer escala en el Reino Unido, en donde un periódico había criticado a INTERPOL por publicar una difusión roja a petición de Libia por terrorismo. La persona en cuestión estaba viviendo con toda libertad en el Reino Unido porque no existe un tratado de extradición entre ambos países.

No voy a entrar en los detalles del asunto. Me centraré, sin embargo, en sus fundamentos. Si no hay tratado de extradición entre dos países, y los Estados no otorgan a las difusiones rojas de INTERPOL un valor particular, los terroristas y los miembros de organizaciones delictivas transnacionales pueden actuar libremente en su territorio, aunque sean terroristas peligrosos, pero aún desconocidos, como lo era Osama Bin Laden hace algunos años.

En efecto, sostengo que los países miembros deberían estudiar atentamente todas las difusiones rojas de INTERPOL publicadas contra una persona de resultas de una orden de detención válida expedida por delitos graves que representan un riesgo para la vida o la seguridad de otros. Este análisis detenido permitiría a los países decidir si deben o no actuar a favor de una orden de detención de otro país. Este criterio supone ceder muy poco en cuanto a la soberanía se refiere.

También entiendo que se debería animar a INTERPOL a mejorar la cooperación entre los servicios policiales de todos sus países miembros. La Organización no debería dejarse involucrar en enfrentamientos políticos, militares, religiosos o étnicos. El Estatuto de INTERPOL le impide esta intervención, lo que debe considerarse un acierto. Por último, INTERPOL debería contribuir a que los países estén dispuestos a comunicarse información con independencia del marco legal.

Estos principios son especialmente importantes ante la posible guerra en Irak y sus consecuencias para la seguridad mundial. En INTERPOL nos hemos propuesto seguir mejorando los servicios ofrecidos y prestar especial atención a potenciar las tareas operativas y preventivas frente a los riesgos que corre la comunidad internacional en caso de guerra. Ante esta situación, no puedo terminar mi intervención sin hacer referencia a este asunto tan importante.

Nadie puede pretender estar a salvo del terrorismo, que, de una u otra forma, ha repercutido en todos los países miembros y en las fuerzas policiales de todo el mundo. Independientemente de lo que pensáramos antes del 11 de septiembre de 2001, desde ese momento el terrorismo se ha convertido en la prioridad número uno a escala mundial.

Tanto en África, como en América, en Asia, en Europa o en Oriente Medio hemos sido testigos de las imágenes de multitud de atentados terroristas desde aquel 11 de septiembre, incluidos, claro está, los perpetrados en este último año en Bali, Kenia, Colombia y Pakistán, por lo que debemos ser conscientes de que cualquier país, organización o cualquiera de nuestros colegas en cualquier parte del mundo puede ser víctima del terrorismo.

Cuando INTERPOL se ocupa de la delincuencia, el terrorismo y la seguridad, su principal preocupación son las personas: la población de los países afectados.

A lo largo de su trayectoria de lucha antiterrorista, la Organización ha observado que la cooperación continua entre los servicios policiales de todo el mundo, y entre la policía y los ciudadanos, es esencial antes, durante y después de un atentado terrorista. A falta de esta cooperación, todo intento de evitar, investigar y juzgar un atentado será inútil. Esto es así, haya o no guerra en alguna parte del mundo.

Como ya dije anteriormente, el Estatuto de INTERPOL prohíbe toda intervención de la Organización en asuntos de orden político, militar, étnico o religioso, por lo que INTERPOL no tomará partido en relación con el posible conflicto entre Irak, algunos países y las Naciones Unidas. Sin embargo, se espera de la policía de todo el mundo que evite, o al menos limite, el riesgo de un atentado y que reaccione con rapidez en caso de producirse alguno. Por lo tanto, INTERPOL y las fuerzas policiales de todo el mundo deben preparase frente a una posible oleada de atentados en caso de guerra. Evidentemente INTERPOL no puede ignorar este riesgo y no lo hará en ningún caso.

Permítanme exponerles algunas de las reflexiones de la Secretaría General de INTERPOL acerca de la seguridad en caso de producirse una guerra en Irak:

  • Osama Bin Laden y Al-Qaeda se proponen aprovechar la posible guerra en Irak como pretexto para la realización de más atentados. La organización Al-Qaeda ya ha alcanzado probablemente su máximo nivel de preparación, con unidades listas para actuar en cuanto surja la oportunidad.
  • Desde el punto de vista operativo, la consecuencia inmediata de la guerra en la actividad terrorista depende en buena medida de si los grupos desean dar una respuesta directa al conflicto. También se podrían producir consecuencias importantes si Al-Qaeda y otros grupos con los mismos objetivos y tácticas lograran un mayor apoyo a causa de la guerra, es decir, si obtuvieran más voluntarios, más recursos financieros o más respaldo de otro tipo.
  • En general, los objetivos estructurales de los países que apoyen la guerra podrían correr mayor riesgo de atentado terrorista.
  • Los objetivos humanos de los países no participantes en la guerra, pero en los que vivan, trabajen o se encuentren de paso ciudadanos de países beligerantes, también podrían estar más expuestos a atentados.
  • El aumento de la atención prestada por las fuerzas del orden al terrorismo puede inducir a otros grupos delictivos a pensar que pueden intensificar sus actividades ilícitas en ámbitos no relacionados con el terrorismo.

Estas son algunas de las razones que me han movido a duplicar la plantilla disponible en la Secretaría General, sita en Lyón, para permanecer alerta las 24 horas del día. Es preciso que esta plantilla esté preparada para hacer uso inmediato de la red mundial de comunicación policial de INTERPOL, que no tiene igual en el mundo, y del acervo de información de las bases de datos de la Organización para obtener indicios sobre cualquier posible riesgo.

Nuestros analistas y policías ya han comenzado a analizar pormenorizadamente toda la información sobre terrorismo como máxima prioridad para evitar que los terroristas puedan preparar atentados o moverse libremente de un país a otro. Pero si estalla la guerra, tanto dentro como fuera de INTERPOL deberemos estar aún más atentos y actuar con mayor energía en la lucha contra el terrorismo.

La policía de los Estados miembros de INTERPOL está ya realizando esfuerzos ingentes para hacer frente al peligro que representa el terrorismo, pero en caso de guerra será preciso intensificar estas acciones. La prudencia más elemental aconseja redoblar la guardia.
Al-Qaeda es la primera organización delictiva y terrorista del mundo.

En INTERPOL, ya se ha creado una infraestructura para actuar contra Al-Qaeda y otros grupos terroristas. La prioridad más importante y el mayor acierto en los últimos 18 meses ha sido la creación en la Secretaría General del Centro de Mando y Coordinación, operativo las 24 horas del día y 7 días a la semana. Los servicios nacionales y locales de policía están habituados a trabajar las 24 horas del día. Cuentan con la plantilla y el presupuesto necesario para ello y, en el momento de su contratación, su personal es consciente de la obligación de proporcionar un servicio diario permanente (las 24 horas del día).

Antes del 11 de septiembre de 2001, la situación de la Secretaría General era distinta, por lo que, para serles franco, muchos pensaban que la sede de la Organización no podía ofrecer una ayuda operativa de ámbito mundial en tiempo real. La Secretaría General era considerada como un centro muy burocrático y distante. Esto ha cambiado por completo. En los últimos 18 meses, hemos cambiado la distribución de los medios a nuestra disposición para demostrar que podemos prestar valiosos servicios las 24 horas del día y 7 días a la semana. Esta nueva forma de trabajar ha pasado a ser un servicio esencial, que aporta un gran valor añadido a la lucha contra el terrorismo.

INTERPOL tiene una visión única de la delincuencia en todo el mundo gracias al Sistema de Información Criminal de INTERPOL (SICI). A través de este sistema, cualquiera de los 181 países miembros puede solicitar información sobre un delincuente o un terrorista, a cualquier hora del día y de la noche, y obtener una respuesta rápida. Este sistema de información presenta dos ventajas: abarca un área geográfica muy amplia y además contiene información tanto sobre las actividades delictivas en general como sobre terrorismo, por lo que permite establecer vínculos entre ambos tipos de actividades ilícitas.

Antes de proceder al debate, permítanme volver un momento al tema inicial de mi charla: la soberanía y la lucha contra la delincuencia transnacional.

Toda la comunidad internacional se ve amenazada por la delincuencia organizada transnacional, sobre todo por los grupos terroristas. Esta inseguridad se manifiesta a través de grupos terroristas que actúan en el ámbito nacional, otros grupos con presencia internacional e incluso grupos como Al-Qaeda, que actúan en todo el mundo. Los grupos terroristas organizados ponen en peligro la soberanía y la seguridad nacional mediante amenazas y actos de violencia. Por muy extraño que parezca a primera vista, los países deben estar dispuestos a ceder parte de su soberanía para lograr una mayor protección de sus nacionales, de las actividades de éstos y de los fines mismos perseguidos con su soberanía. La decisión sobre la proporción de soberanía que se puede ceder y en qué condiciones hacerlo debe ser cuidadosamente sopesada por cada país. La Unión Europea ha reflexionado sobre ello y ha creado la orden de detención europea que es válida en los 15 países miembros y abarca
36 delitos. Otros países han decidido otorgar a las difusiones rojas de INTERPOL el mismo valor que a una orden de detención preventiva, dependiendo del país del que procedan. Desgraciadamente, aún hay muchos países que no contemplan las órdenes de detención o solicitudes de detención que provienen de otros países o de INTERPOL como un instrumento que permita efectuar una detención preventiva. Esta carencia debilita la capacidad mundial para enfrentarse a las formas graves de delincuencia organizada transnacional y al terrorismo y, por consiguiente, en última instancia podría debilitar también la soberanía y la seguridad de todos los países del mundo.

Estoy plenamente convencido de que INTERPOL, a través de sus actividades y servicios, en especial su sistema de difusiones, constituye un instrumento que refuerza la capacidad de los Estados en lugar de reducirla. La posibilidad de intercambiar información sobre delincuentes permite aumentar la soberanía, puesto que dota a los países de medios para luchar más allá de sus fronteras. Los países pueden colaborar voluntariamente. Cada país puede sentirse tranquilo sabiendo que otros países se enfrentan a las mismas dificultades y que van a poder actuar gracias a la información que ellos han proporcionado. En definitiva, al ceder un poco de nuestra soberanía podemos lograr un mundo más seguro.

Tengo el firme convencimiento de que todos los países deberían al menos "cerrar el paso" a una persona objeto de una difusión roja de INTERPOL por un delito grave que pueda representar un peligro para la vida y el bienestar de la comunidad en que se encuentre. Esta persona debe ser detenida, interrogada y examinada hasta que la policía tenga certeza de que no supone un peligro para los ciudadanos. Este deber de actuación nos corresponde a todos.

Ignorar una difusión roja por completo simplemente porque proceda de un país determinado contribuye en definitiva a minar la soberanía y la seguridad de todos los países del mundo. Cada país debe a sus nacionales y visitantes algo más que conclusiones generales, sacadas sin aplicar la debida diligencia.

Para finalizar, permítanme decir, en honor al nombre de la condecoración recibida hoy, que en mi opinión sería apropiado afirmar que INTERPOL, en tanto que organización policial, está participando en la construcción de un mundo caracterizado por unos ciudadanos más responsables y unos lazos internacionales más fuertes frente a la delincuencia, por lo que es importante subrayar que recibo esta condecoración en nombre de todos mis abnegados y esforzados colegas de INTERPOL.

Muchas gracias.

 

Last modified on 2 Aug 2007 
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