El régimen jurídico de la sede de una organización internacional
y de sus diversas dependencias se establece mediante un convenio llamado "acuerdo
de sede" suscrito entre la organización y el Estado anfitrión.
Este acuerdo determina los derechos que el Estado anfitrión reconoce
a la organización, especialmente en lo relativo al alcance de su derecho
a adoptar sus propias normas y reglamentos dentro de sus instalaciones, así
como los privilegios e inmunidades que el país anfitrión concede
a la organización para que pueda llevar a cabo su misión.
La OIPC-INTERPOL ha suscrito seis acuerdos de sede (en la actualidad está
negociando el séptimo):
Acuerdo entre la Organización Internacional de Policía Criminal y el Gobierno de la República Francesa, entrado en vigor el 1 de septiembre de 2009 (que sustituye el Acuerdo de fecha 14 de febrero de 1984).
Se considera auténtico el texto en francés.
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| Acuerdo entre la OIPC-INTERPOL y el Gobierno del Reino
de Tailandia relativo a la sede de la Oficina de INTERPOL para el Sureste
Asiático y a sus privilegios e inmunidades en el territorio tailandés
- Oficina de Bangkok (AGN/55/RAP/22). Entró en vigor el 22 de febrero
de 1992. |
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| Acuerdo entre la OIPC-INTERPOL y el Gobierno de la República
Argentina relativo a la sede de la Oficina Subregional para América
del Sur y a sus privilegios e inmunidades en el territorio argentino - Oficina
Subregional de Buenos Aires (AGN/58/RAP/7). Entró en vigor el 7 de
abril de 1993. |
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| Acuerdo entre la OIPC-INTERPOL y el Gobierno de la República
de Côte d'Ivoire relativo a la Sede de la Oficina Subregional para
África Occidental y a sus privilegios e inmunidades en el territorio
de Côte d'Ivoire - Oficina Subregional de Abiyán (AGN/61/RAP/11).
Entró en vigor el 7 de septiembre de 1994. |
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| Acuerdo entre la OIPC-INTERPOL y el Gobierno de la República
de Zimbabue sobre la Sede de una Oficina Subregional para África
Austral y sus privilegios e inmunidades en el territorio de Zimbabue - Oficina
Subregional de Harare (AGN/65/RAP/10). Entró en vigor el 3 de febrero
de 1997. |
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| Acuerdo entre la OIPC-INTERPOL y el Gobierno de Kenia sobre
la Sede de una Oficina Subregional en Nairobi y sus privilegios e inmunidades
en el territorio de Kenia (AGN/65/RAP/9). Entró en vigor el 11 de
septiembre de 1999. |
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| Acuerdo entre la OIPC-INTERPOL y el Gobierno de la República
de El Salvador sobre la Sede de la Oficina Subregional de San Salvador y
sus privilegios e inmunidades en el territorio de la República de
El Salvador. Ya está aprobada la decisión de suscribir el
acuerdo (AGN/68/RES/1), y éste se encuentra ahora en fase de negociación. |
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