Signos distintivos de INTERPOL
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| Las siglas oficiales de INTERPOL son las
siguientes |
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Las siglas oficiales de INTERPOL son las siguientes:
| El nombre oficial de INTERPOL es "OIPC-INTERPOL" |
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La palabra "INTERPOL", contracción de la expresión
inglesa "International Police", fue elegida en 1946 como dirección
telegráfica.
En 1956, la Comisión Internacional de Policía Criminal cambió
de nombre, y pasó a llamarse Organización Internacional de Policía
Criminal - INTERPOL.
Este emblema, que se utiliza desde 1950, se compone de los elementos siguientes:
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- una representación del globo terráqueo, que simboliza
el ámbito en que se desarrolla la acción de INTERPOL;
- una corona de ramas de olivo alrededor del globo, que simboliza la
paz;
- el nombre "INTERPOL" en el centro de la corona de olivo;
- una espada situada verticalmente detrás del globo terráqueo,
que simboliza la acción policial;
- las siglas "OIPC" e "ICPO" a ambos lados de la
espada;
- los platillos de una balanza bajo el globo ceñido por la corona
de olivo, que simbolizan la justicia.
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Esta bandera se utiliza desde 1950.
- Es de fondo azul claro,
- tiene el emblema en el centro
- y cuatro rayos dispuestos simétricamente alrededor
del emblema, para simbolizar la rapidez de los medios de telecomunicación
y de la acción policial.

| Antecedentes de los signos distintivos
de la Organización |
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- En la reunión de la Asamblea General celebrada en París en
1947, se recomendó que todos los Estados Miembros utilizaran el nombre
"INTERPOL" como dirección telegráfica (resolución
AGN/16/RES/12).
- En la reunión de la Asamblea General celebrada en Berna en 1949,
la Organización, que entonces se denominaba "Comisión Internacional
de Policía Criminal", adoptó un emblema y una bandera.
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En la reunión de la Asamblea General celebrada en Estambul en 1955,
los Estados Miembros aprobaron oficialmente el emblema y la bandera.
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En la reunión de la Asamblea General celebrada en Viena en 1956,
se aprobó el nombre "Organización Internacional de Policía
Criminal".
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En la reunión de la Asamblea General celebrada en Londres en 1958,
se solicitó a los Estados Miembros que tomaran las medidas adecuadas
para proteger la palabra "INTERPOL" (AGN/27/RES/1).
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En la reunión de la Asamblea General celebrada en Copenhague en
1961, se recomendó que los Miembros tomaran más medidas para
proteger el nombre "OIPC-INTERPOL" y evitar su uso no autorizado
(AGN/30/RES/6).
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En la reunión de la Asamblea General celebrada en Fráncfort
en 1972, un Estado Miembro (Indonesia) propuso modificar el emblema de INTERPOL
de manera que pasara a representar a todas las regiones.
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En la reunión de la Asamblea General celebrada en Viena en 1973
se modificó el emblema de manera que representara a todas las regiones
del mundo.
| Protección de los signos distintivos |
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Por ser INTERPOL una organización internacional, sus signos distintivos
están protegidos por el Convenio de la Unión de París (1883).
De conformidad con el artículo 6 ter de este Convenio, que ha sido ratificado
por la mayoría de los Estados Miembros de la OIPC-INTERPOL, los países
signatarios se comprometen a negarse a registrar como marca los escudos, las
banderas, los emblemas, las siglas y las denominaciones de los Estados y las
organizaciones intergubernamentales, y a prohibir su utilización.
Además, el emblema de la Organización y el nombre "INTERPOL"
han sido registrados como marcas comunitarias y están protegidos como
marcas en Estados Unidos.
| Autorización para utilizar los signos
distintivos de INTERPOL |
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En casos excepcionales, la Organización puede autorizar a un tercero
a utilizar sus signos distintivos. Sólo el Secretario General puede dar
esta autorización.
En todos los casos la autorización para utilizar los signos distintivos
de INTERPOL tiene los siguientes límites:
- se concede para un proyecto determinado;
- se debe determinar su duración;
- no confiere ninguna exclusiva;
- en ella se precisa que no está permitida ninguna modificación
o adaptación de los signos de la Organización.
Cuando corresponda, los soportes (documentos, películas, etc.) en los
que se reproduzcan los signos distintivos de INTERPOL se deberán someter
a la aprobación de la Organización antes de ser publicados.
En caso de que el proyecto para el que la Organización haya dado su
acuerdo se revele perjudicial para su reputación o imagen, INTERPOL podrá
revocar automáticamente la autorización para utilizar sus signos
distintivos.