| Legislation of INTERPOL member states on missing Children |
|
Chile - Chili - Chile
Santiago
| I. Categorías de desapariciónes de menores
|
Los casos de desaparición de menores que se encuentran corrientamente en Chile
son secuestro, sustracción de menores , abducción de menores como
infracción a un regimen de visita ordenado por un juez de menores.
En Chile, no se confeccionan estadísticas anuales sobre desaparición
de menores.
Nacional.
Artículo 141 'Crímenes y simples delitos contra la libertad y
seguridad, cometidos por particulares', § 3, Libro II Título III del
Código Penal :
" El que sin derecho encerrare o detuviere a otro privándole
de su libertad, comete el delitode secuestroy será castigado con
la pena de presidio o reclusión menor en su grado máximo.
En la misma pena icurrirá el que proporcionare lugar para la ejecución
del delito.
Si se ejecutare para obtener un rescateo imponer exigencias o arrancar decisiones
será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio.
Si en cualesquíera de los casos anteriores el encierro o la detención
se prolongare por más de quince días o si de ello resultare un un daño
graveen la persona o intereses del secuestrado, la pena será presidio mayor en su
grado medio a máximo.
El que con motivo u ocasión del secuestro comete además homicido,
violación, violación sodomítica o algunas de las lesiones comprendidas
en los artículos 395, 396 y 397, en la persona del ofendido, será castigado
con presidio mayo en su grado máximo a muerte. "
Artículo 142 del Código Penal :
" La sustracción de un menor de 18 años
será castigada :
- Con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, si
se ejecutare para obtener un rescate, imponer exigencias arrancar decisiones
o si resultare un gravo daño en la persona del menor.
- Con presidio mayor en su grado medio a máximo en los demás
casos :
- Si con motivo u ocasión de la sustracción se cometiere
alguno de los delitos indicados en el inciso final del artículo anterior
se aplicará la pena que en él se señala. "
Artículo 142 bis del Código Penal :
" Si los partícipes en los delitos de secuestro de una persona o
de sustracción de un menor, antes de cumplirse cualquiera de las condiciones exigidas
por los secuestradores para devolver a la víctima, la devolvieren libre de todo
daño, la pena asignada al delito se rebajará en dos grados. Si la
devolución se realiza después de cumplida alguna de las condiciones, el juez
podrá rebajar la pena en un grado a la señalada en los dos artículos
anteriores. "
Artículo 2 § 5 de la Ley n° 18.314 sobre Conductas Terroristas :
" Constituirán delitos terroristas, cuando reunieren
algunas de los caraterísticas señaladas en el artículo
anterior :
... Los delitos de secuestro, sea en forma de encierro o detención,
sea de retención de una persona en calidad de rehén y de sustracción
de menores, establecido en los artículos 141, 142 del Código
Penal, cometidos por una asociación ilícita terrorista, serán
considerados siempre como delitos terroristas. "
Internacional.
La Convención de la Haya de 1993 sobre las sustracciones transfronterizas
de menores fue ratificado por el Chile mediante Decreto Supremo n° 386
del 30.03.94 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Existe un Convenio vigente con Uruguay sobre devolución de menores.
| III. Menos de investigación
|
Investigación de la Policía.
No existe en Chile un servicio de policia especializado en los casos de desaparición
de menores.
No existe un fichero de policia centralizado para el registro de las desapariciones
de menores, pero la policia tiene un fichero general y centralizado en que
las desapariciones registradas son disponibles.
El juez decide si la información relativa a la desaparición
de un menor debe tener alcance nacional, regional o internacional.
Colaboración con los organizaciones internacionales, organizaciones
non gubernamentale y las asociaciones.
No existe una cooperación activa con las organizaciones non gubernamentales
y la policia, porque estas organizaciones actuan generalmente en forma independiente,
a pesar de que la policia ha actuado con la OIM (ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
DE MIGRACIONES), y ACNUR ( ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS
REFUGIADOS) y la ORGANIZACION INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES.
INTERPOL
En Chile no se utilizan las difusiones de la INTERPOL para la ubicación
de los menores desaparecidos por desconocimiento por parte de los juez de
la utilidad que puede prestar las difusiones amarillas.
La utilización del sitio internet de la INTERPOL para difusar las
difusiones amarillas es un excelente medio de localización de los menores
desaparecidos porque el uso de internet se ha masificado.
Media (TV, Internet...).
Los modos de difusión de la información sobre las desapariciones
de menores, otros que policiales, son la radio, la televisión, las
carteles y los díarios .
No existe un número telefónico gratuito y anónimo para
dar información relativa a la desaparición de menores.
El proyecto BUSIN (Búsqueda Infantil) preve la implementación
de una pagina de internet para la búsqueda de niños
La policia de investigación de Chile cuenta con un sitio internet
oficial, cuya dirección es :
investigaciones@cl
| Legislation of INTERPOL member states on missing Children |
|